Las escuelas de Santa Fe no serán centros de evacuación ante el fenómeno de El Niño

Las escuelas de Santa Fe no serán centros de evacuación ante el fenómeno de El Niño

El Ministerio de Educación estableció un protocolo para actuar ante contingencias climáticas, meteorológicas e hídricas. Las Regionales de Educación podrán suspender las clases por hasta cinco días hábiles, con posibilidad de renovación.

El Ministerio de Educación de Santa Fe estableció un protocolo de actuación ante contingencias climáticas, meteorológicas, hídricas o de otra índole que puedan afectar el normal funcionamiento de las escuelas, en el marco del fenómeno de El Niño previsto para los próximos meses.

Una de las principales definiciones es que los edificios escolares no serán utilizados como centros de evacuación, salvo que se presente una “situación excepcional de extrema necesidad” y no exista otro inmueble disponible para alojar a las personas afectadas.

La medida quedó formalizada mediante la Resolución N° 2234/2026, firmada el 1° de septiembre por el ministro de Educación, José Goity. El protocolo alcanza a todos los establecimientos educativos de gestión estatal y privada de la provincia, en todos sus niveles y modalidades.

Quién decidirá la suspensión de clases

El documento establece que la regla general ante una contingencia será mantener el desarrollo de las actividades escolares. Sin embargo, cuando las condiciones climáticas, hídricas o de otra naturaleza dificulten o impidan la presencialidad, la decisión de suspender las actividades no quedará librada a cada escuela.

La Delegación Regional de Educación correspondiente será la autoridad encargada de disponer el cese de actividades y establecer su duración. La resolución deberá adoptarse previa consulta con Protección Civil, la autoridad ministerial del nivel o modalidad correspondiente y otras áreas del Gobierno provincial.

En el caso de la ciudad de Santa Fe y su zona de influencia, la evaluación estará a cargo de la Regional IV de Educación.

El protocolo también establece que la medida tendrá una duración determinada: el cese de actividades podrá extenderse hasta cinco días hábiles, con posibilidad de renovarlo por otro período de igual duración mientras persistan las condiciones que impidan el normal funcionamiento de las escuelas.

Si la situación se prolonga más allá de esos períodos, deberán analizarse “otras opciones de presencialidad”.

Las supervisiones tendrán además un papel en el relevamiento de las condiciones de accesibilidad y funcionamiento de los establecimientos. Con esa información, deberán comunicar la situación a la Regional para definir la continuidad, renovación o finalización de las medidas.

Un plan para mantener las clases a distancia

El protocolo contempla además una planificación previa para evitar que una eventual suspensión de la presencialidad interrumpa las trayectorias escolares.

Cada establecimiento deberá elaborar e incorporar a su Proyecto Educativo Institucional un “Plan institucional de continuidad pedagógica”.

El esquema deberá incluir los canales oficiales para comunicarse con las familias, información actualizada de contacto e identificación anticipada de los estudiantes que puedan tener dificultades de conectividad. Cuando sea necesario, también deberán prepararse alternativas impresas.

Uno de los principales instrumentos será el portafolio pedagógico de contingencia, que cada docente deberá tener preparado con actividades vinculadas con la planificación vigente y los contenidos prioritarios.

“Cada docente dispondrá de un portafolio pedagógico de contingencia, integrado por actividades previamente planificadas, para su implementación inmediata, que permitan su evaluación progresiva”, establece el protocolo.

Las propuestas deberán contar con consignas claras y poder resolverse con los recursos disponibles en los hogares. Además, deberán contemplar las diferentes situaciones de conectividad y las necesidades particulares de los estudiantes que no puedan concurrir a la escuela.

Qué deberán hacer los docentes

Una vez comunicado el cese de actividades presenciales, el equipo directivo deberá activar el Plan Institucional de Continuidad Pedagógica y los docentes enviarán las actividades previstas mediante los canales establecidos previamente.

Durante ese período deberán mantener el acompañamiento pedagógico, responder consultas, realizar el seguimiento de los alumnos y adaptar las actividades cuando sea necesario. También deberán dejar registro de las acciones realizadas.

Cuando las condiciones institucionales y de conectividad lo permitan, podrán desarrollarse clases sincrónicas.

De esta manera, el Ministerio busca establecer un mecanismo común para todo el sistema educativo provincial ante eventuales contingencias, con criterios definidos tanto para determinar la suspensión de la presencialidad como para garantizar la continuidad de las actividades pedagógicas.