Lebus seguirá en prisión preventiva como lo dispuso el juez Basualdo

Lebus seguirá en prisión preventiva como lo dispuso el juez Basualdo

La Cámara Penal de Apelaciones resolvió rechazar el Recurso de Inconstitucionalidad Interpuesto por la defensa del ingeniero agrónomo César Emanuel Lebus, DNI 28.581.040, con costa al recurrente. La sentencia tiene la firma de los jueces Sebastián Creus, Bruno Netri y Martha Feijoo.

Para evitar que la sentencia quede firme, le queda la alternativa de ir en Queja a la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, ya que esa vía directa le fue negada por los camaristas que lo condenaron, quienes consideran que los argumentos no tienen fuerza suficiente como para cargar con ese trabajo al máximo tribunal de justicia de la provincia. No ven ningún riesgo de inconstitucionalidad en la condena.

Lebus sigue en prisión preventiva en el sistema Penitenciario de la Provincia, tal lo dispuesto por el juez penal Gonzalo Basualdo en la noche del domingo 29 de junio de 2025, cuando ordenó su inmediata detención, a pedido de la fiscal Georgina Díaz y de la madre de los niños víctimas, representada por el abogado Raúl Elías.

La defensa del imputado, a cargo de los abogados Marcelo Venetucci, Soledad Brodo y Gianluca Venetucci, intentó evitarlo, invocando que considera que Lebus aún es inocente, porque la sentencia -por ahora al menos- no quedó firme, ya que acudirán a la Corte, aunque sea en Queja, para pedir que revisen la condena.

CONDENA CON DOBLE CONFORME

Recordamos que la Cámara Penal de Apelaciones, integrada por los jueces Sebastián Creus, Bruno Netri y Marta Feijoo, dio el doble conforme a la sentencia que condenó al ingeniero César Lebus, a cumplir la pena de 14 años de prisión efectiva por los delitos de abuso sexual con acceso carnal vía oral, triplemente agravado (por el vínculo, por ser el encargado de la guarda y educación de la víctima, y por promover la corrupción de un menor de 13 años, y por ser su ascendiente) y por el delito de amenazas coactivas en calidad de autor.

La decisión, firmada el 26 de junio de 2025, ratificó lo resuelto el 30 de octubre de 2024 por otra Cámara—integrada por los jueces Eduardo Bernacchia, Fabio Mudry y Fernando Gentile Berzano— que había revocado la absolución dictada en primera instancia por el tribunal oral conformado por los jueces Santiago Banegas, Norma Senn y Martín Gauna Chapero, el 22 de mayo de 2024, al cabo del juicio oral.

La condena impuesta a Lebus, incluye, además de la pena privativa de libertad, la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo, más las accesorias legales y costas del proceso, conforme a lo establecido en el Código Penal.