La Nueva Vicentín de Grassi reactivará las plantas desmotadoras de algodón
La empresa pondrá en condiciones y reactivará las desmotadoras de algodón en General Pinedo (Chaco) y en Bandera (Santiago del Estero), con un volumen comprometido de 60.000 toneladas anuales (30.000 tn por planta) y un mínimo garantizado de 4.000 toneladas por campaña.
El magistrado consideró viable los acuerdos alcanzados entre las partes (AA y LNV de Grassi), pero impuso salvedades y controles adicionales, en un evidente intento por equilibrar la necesidad de rehabilitar esas plantas industriales sin desproteger a los acreedores.
Objeciones de la Sindicatura y del Comité de Acreedores
Tanto el Segundo Comité de Acreedores como la Sindicatura habían advertido sobre cláusulas originalmente abusivas: como la pretendida exclusividad por varias campañas, la opción irrevocable de compra y disposiciones que condicionaban la venta de un inmueble de Algodonera Avellaneda al pago preferente de ciertos créditos. Esas cláusulas fueron consideradas por el Dr. Lorenzini como potencialmente perjudiciales para la igualdad de trato entre acreedores y la conservación de la empresa.
Modificaciones y límites impuestos
Tras las objeciones, la concursada presentó una adenda que modificó varias cláusulas, lo que permitió la homologación judicial del acuerdo.
El juez dejó expresamente inoponibles frente al concurso las cláusulas que obligaban a la venta del inmueble, las que disponían la aplicación prioritaria del producido de esa venta y las que imponían una opción de compra irrevocable sin plazos ni garantías de competencia de mercado. Además, cualquier cláusula que implique disposición anticipada de activos o que desnaturalice el contrato deberá ser sometida a nuevo pedido judicial.
Financiamiento y garantías operativas
El acuerdo contempla un financiamiento inicial de hasta 300.000 dólares destinado a cubrir deudas salariales, servicios esenciales y puesta a punto de las plantas. La resolución aclara que la Sindicatura deberá verificar la existencia y la aplicación de ese capital de trabajo y que, en caso de requerirse reconocimiento preferente, deberá solicitarse conforme a la ley concursal.
Control y seguimiento exigidos por el juzgado
Para garantizar transparencia y evaluar la viabilidad económica de la operación, el juez ordenó a la Sindicatura la elaboración de informes de costos y mantenimiento con periodicidad mensual o quincenal, y requirió a la concursada que facilite toda la información necesaria. El primer informe mensual fue fijado con fecha límite de presentación el 28 de abril de 2026. Estos informes deberán ser trazables y accesibles para los acreedores y el tribunal.
La resolución busca un equilibrio: reconoce que la ejecución de los contratos de fason puede ser la única esperanza de subsistencia de Algodonera Avellaneda en la presente campaña algodonera, pero condiciona esa continuidad a salvaguardas que eviten transferencias patrimoniales que perjudiquen a los acreedores. El tribunal enfatiza la necesidad de contar con un esquema de costos claro para preservar el valor de los activos y monitorear mes a mes la cobertura de costos operativos.
A continuación, texto completo de lo que resolvió el juez del concurso, Dr. Fabián Lorenzini:
